NACIMIENTO ⇒ DESEMPLEO
Nacimiento / Fin contrato
Si finaliza tu relación laboral* mientras estás de baja por nacimiento de hije:
- Continuarás percibiendo la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor hasta su finalización, y te la seguirá abonando el INSS
- Cuando termine podrás solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días hábiles siguientes, si cumples los requisitos
- El tiempo de baja por nacimiento de hije no se descontará de tu prestación por desempleo
El período durante el que hayas permanecido de alta en la empresa, se tiene en cuenta para la prestación por desempleo, puesto que la obligación de cotizar se mantiene mientras el contrato esté vigente (actualmente, si la empresa contrata a una persona interina, tiene una bonificación del 100 % de la cuota de las 2 personas trabajadoras, la que disfruta el descanso y la sustituta).
*Si la empresa te despide mientras disfrutas de la prestación por nacimiento de hije tendrá que demostrar que es por causa distinta al ejercicio de tu derecho, de lo contrario el despido puede ser declarado nulo por discriminatorio. Tienes un resumen sobre derechos y consecuencias del fin de la relación laboral aquí.
Incapacidad / Nacimiento / Fin contrato / Incapacidad
Si antes del parto te encontrabas en situación de incapacidad temporal, y esta persiste después de agotado el permiso por nacimiento, se reanudará la IT, aun cuando se hubiera extinguido el contrato de trabajo durante el descanso por nacimiento (art. 10 RD 295/2009). Tienes más información sobre prestación por nacimiento e incapacidad temporal aquí. |
DESEMPLEO ⇒ NACIMIENTO
Fin contrato / Nacimiento
¿Tengo derecho a la prestación por nacimiento de hije si estoy en desempleo? Depende, veamos los distintos escenarios
Estás cobrando la prestación contributiva por desempleo
En este caso se puede solicitar la suspensión de la prestación por desempleo (en el SEPE) y pasar a cobrar la prestación por nacimiento de hije. La suspensión del desempleo debe solicitarse en el SEPE y la de la prestación por nacimiento ante el INSS.
El tiempo de maternidad o paternidad NO se descuenta de la prestación por desempleo, por lo que cuando aquélla termine se puede reanudar la prestación por desempleo, que se seguirá cobrando en la misma cuantía y por el periodo que quedara en el momento de la suspensión (el plazo es de 15 días desde que termine el periodo de maternidad o paternidad).
Estás cobrando un subsidio por desempleo
Esta situación no se considera asimilada al alta y por tanto no se tiene derecho a la prestación por nacimiento de hije.
Se seguirá cobrando el subsidio, pero esta situación no alterará su cuantía ni su duración.
Sí que se puede presentar ante el SEPE o el SEF el informe médico que acredite la situación de maternidad o documentos que acrediten la paternidad para que se suspenda la demanda de empleo y no sea necesario renovarla, ni se reciban citaciones para ofertas de empleo o formación.
Lo mismo ocurre en el caso de que no se esté cobrando ninguna prestación o subsidio por desempleo.
Incapacidad / Fin contrato / Nacimiento
Si estando de baja por IT termina la relación laboral, y posteriormente se produce el nacimiento:la IT continuará hasta la fecha del parto (o la de adelanto del descanso por maternidad), momento en el que se pasará a percibir la prestación por nacimiento de hije. Si el alta médica de la IT y el parto se producen el mismo día o al día siguiente, también se tendrá derecho a la prestación por nacimiento (art. 10 y 27 RD 295/2009). Tienes más información sobre prestación por nacimiento e incapacidad temporal aquí. |
Más información
Nacimiento e incapacidad temporal
Incapacidad temporal y desempleo
El fin de la relación laboral y sus efectos
Cuantía y duración de la incapacidad temporal
Enlace a la página del SEPE con información sobre cómo pedir la prestación por desempleo
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