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ERTES RDL 18/2021, de 28 septiembre

26 octubre 2021

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El RDL 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, prorroga los ERTES al mes de octubre, permite solicitar la prórroga a partir de noviembre y establece otras medidas

Se prorrogan las medidas de protección al desempleo y las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social (incluidos los fijos discontinuos y fijos y periódicos en fechas ciertas) hasta el 28 de febrero de 2022.

Para los ERTES que vayan a seguir vigentes después de septiembre se requiere que la empresa presente una solicitud indicando las personas trabajadoras afectadas, número de horas suspendidas o reducidas, etc.

Se pueden presentar nuevos ERTES por impedimento o limitación de la actividad.

A partir de noviembre se condiciona la bonificación del 80% en las cotizaciones a que las empresas realicen acciones formativas en favor de las personas incluidas en el ERTE, para mejorar sus competencias profesionales y empleabilidad. En caso contrario las bonificaciones serán del 40 o 50%. Las bonificaciones se aplican solo respecto de la parte de jornada de trabajo no realizada.

También se prorrogan el plan MECUIDA y las medidas de apoyo y protección por desempleo de artistas y otros profesionales de las artes escénicas y espectáculos públicos, los contenidos complementarios  sobre limitaciones al reparto de dividendos, transparencia fiscal, salvaguarda del empleo y la realización de horas extraordinarias, nuevas contrataciones y externalizaciones, prohibición de utilizar el covid como causa justificativa de despido (que no prohibición de despedir ya que aquí el despido es libre) y la interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.

Para las y los trabajadores autónomos se conserva la exoneración de cuotas en porcentajes variables entre el 90 y el 25%. Las prestaciones se mantienen, recogiendo una extraordinaria por suspensión de actividad y otra como continuación para aquéllos que ya la estuvieran cobrando en aplicación del RDL 11/2021, la extraordinaria para autónmos de temporada y una ordinaria de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.

Respecto a la situación provocada por la erupción del volcán en La Palma, se extiende el sistema de protección similar al previsto para el covid con medidas extraordinarias en materia de protección al desempleo y bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social y se establece un sistema similar para los y las trabajadores autónomos.

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Imagen de Syaibatul Hamdi en Pixabay