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Despidos en periodo de prueba y personas que dejaron su trabajo por uno nuevo

16 junio 2020

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RDL 15/2020, de 21 de abril -> https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4554

Si te despidieron en periodo de prueba (del 9 de marzo en adelante): te encuentras en situación legal de desempleo, es decir

-No se tendrá en cuenta si dejaste voluntariamente tu trabajo anterior para coger el nuevo y puedes acceder a tu paro (si cumples el resto de requisitos).

-Si no tenías derecho a paro y te denegaron alguna otra prestación (como el subsidio por fin de contrato temporal) precisamente porque habías dejado voluntariamente tu trabajo, solicítala de nuevo.

También puedes acceder a tu derecho a paro si dejaste tu trabajo por otro nuevo que no ha llegado a materializarse (a partir del 1 de marzo):

– Necesitas un documento de la empresa en el que reconozca que te iba a contratar y que no lo ha hecho por el covid-19