¿Cómo me afecta la subida del SMI? Te lo contamos

El pasado mes se aprobó el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023 subiéndolo hasta llegar a los 1.080 € al mes (en 14 pagas), 15.120 € anuales. Se ha aprobado con carácter retroactivo desde el 1 de enero, así que lo veremos reflejado en las nóminas de febrero.

Para las personas trabajadoras eventuales, temporeros y temporeras que no trabajen en una misma empresa más de 120 días al año, y por tanto perciban la parte proporcional de domingos y festivos y pagas extraordinarias, el SMI es de 51,15 € por jornada. Además, deberán percibir la retribución de sus vacaciones.

Para las empleadas y empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el SMI es de 8,45 €/hora, incluida la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.

Estas cantidades son independientes de que se reciba salario en especie o no, no pudiendo nunca remunerar el trabajo por debajo de estas cifras.

Estas cantidades se refieren a percepciones en bruto.

¿Cómo me afecta la subida del SMI? En este recurso laboral te lo contamos.

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