[Comparativa Convenios Limpieza Viaria] Descansos – Vacaciones

Los Convenios Colectivos de ámbito inferior (Regionales o provinciales) tienen la posibilidad de negociar condiciones más favorables con respecto a las jornadas (artículo 40 Convenio Estatal) y vacaciones (artículo 46 Convenio Estatal)

Como todxs sabemos el PERIODO VACACIONAL en CESPA es desde enero a diciembre según el Artículo 7 del Convenio de Murcia. Los Convenios del mismo Ramo en otras provincias lo contemplan de diferente manera.

Otro claro ejemplo de estas diferencias lo encontramos en los DESCANSOS, donde el Convenio de Murcia establece “El trabajador que le coincida su descanso en un festivo no tendrá derecho a otro día en sustitución de éste”.

 

 

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