Esta semana se ha aprobado el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021 subiéndolo 15 € hasta llegar a los 965 € al mes (en 14 pagas). Se ha aprobado con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre, así que lo veremos reflejado en las nóminas de este mes.

Son muchas las empresas que ante la reclamación de sus trabajadores de la subida salarial, argumentan que no es de aplicación en su caso, aferrándose a convenios y tablas salariales que han quedado obsoletos y marcan sueldos por debajo del SMI. Esta es otra más de las mentiras que se utilizan para vulnerar nuestros derechos.

El SMI tampoco es excusa para bajarnos el sueldo o no pagarnos lo que nos corresponda según convenio o acuerdo si esa cantidad lo supera.

¿Cómo sé si me afecta la subida del SMI? En este recurso laboral te lo contamos.

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Imagen de pasja1000 en Pixabay

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