Hoy, 7 de Abril, comienza la nueva campaña para la realización de la Declaración de la Renta. Hay algunas notas importantes a la hora de realizarla si estamos o hemos estado en ERTE.
Lo primero que debemos tener en cuenta para saber si estamos obligadas a realizar la Declaración es que el SEPE, quien nos paga el ERTE o la prestación por desempleo, es considerado un pagador más. Así que estaremos obligadas a realizarla si del segundo pagador (en este caso el SEPE) hemos cobrado más de 1500€ (desde enero a diciembre de 2020) y si la suma total de ingresos obtenidos en el año supera los 14000€. En lugar de los 22000€ establecidos para quienes sólo han cobrado de un pagador. A modo de resumen:
1.- Menos de 14.000 € brutos anuales: No estás obligado en ningún caso, tengas los pagadores que tengas.
2.- Entre 14.000 € y 22.000 €: Estás obligado si tienes más de un pagador, siempre que el segundo y posteriores pagadores (por orden de mayor a menor) sumen más de 1.500 €.
3.- Más de 22.000 €: Estás obligado, tengas los pagadores que tengas.
Dada la situación en que nos encontramos desde marzo del año pasado y las grandes dificultades por las que hemos tenido que pasar un grandísimo número de trabajadoras y trabajadores, condenadas nuevamente a pagar las consecuencias de cualesquiera que sea la crisis, CGT ha solicitado al Gobierno que “se eliminara la obligación de realizar declaración de la renta con motivo de tener un segundo pagador a las personas afectadas por ERTE”. Esta petición no ha sido atendida, por lo que atentas y atentos, puede ser que estemos obligadas/os a realizar la Declaración de la Renta o podremos ser sancionadas, y con nosotras no serán tan benevolentes como con el emérito Juan Carlos de Borbón.